Construcción y mantenimiento de infraestructura para frentistas

Las provincias consecionarán, mediante sus legislaturas a empresas privadas de obra pública que construirán y mantendrán los siguientes items: Para cada cuadra habitable: -vereda, cordón, desague pluvial, cloaca, calle, ilumunacion pública, barrido, recolección de basura, electricidad, agua y gas. -Serán construídos y mantenidos por empresas privadas. - Se le consecionará a cada una de estas empresas únicamente dos barrios: -Un barrio con la infraestructura completa, para su mejora y mantenimiento y -Otro barrio con este tipo de infraestructura inexistente o incompleta para su contrucción y posterior mantenimiento -Los frentistas pagarán una tarifaa estas empresas por este servicio de construcción y mantenimiento que será determinada por la legislatura provincial. - Los frentistas podrán reclamar a las empresas por incumplimiento de esta conseción y de no darse solución en tiempo y forma. El fuero judicial de obra publica e infraestructura determinará la obligatoriedad del cumplimiento, incluyendo multas, sanciones y el retiro de dicha concesión por parte de la legislatura correspondiente

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